Según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, a la hora de proceder a la venta de una propiedad, uno de los trámites a tener en cuenta es el de solicitar a la Comunidad de Propietarios a la que se pertenece un Certificado de Deudas, que será necesario para el otorgamiento de la Escritura Pública de compraventa. Este certificado reflejará las posibles deudas pendientes que pueda tener en la actualidad la propiedad respecto a la Comunidad.

Existe la posibilidad de realizar la inscripción de la compraventa sin incorporar la certificación de la comunidad de propietarios de estar al corriente de los pagos, siempre que el comprador lo acepte y exonere al vendedor en dicha inscripción.

El Certificado de Deudas, de acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal, deberá emitirse en un plazo máximo de siete días, con el visto bueno del Presidente.

La compraventa de propiedades tiene múltiples matices a tener en cuenta, y es por ello que recomendamos acudir a especialistas en la materia; desde Abogados Watson podremos aconsejarle y asesorarle para que este trámite se haga de la manera más sencilla y menos costosa para usted.

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