Si se es ciudadano de alguno de estos Estados, y se tiene pensado residir en España por un período superior a tres meses, se está obligados a solicitar una inscripción en el Registro Central de Extranjeros:
- Alemania
- Austria
- Bélgica
- Bulgaria
- Chipre
- Croacia
- Dinamarca
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Grecia
- Hungría
- Irlanda
- Islandia
- Italia
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxemburgo
- Malta
- Noruega
- Países Bajos
- Polonia
- Portugal
- Reino Unido
- República Checa
- Rumanía
- Suecia
- Suiza
Para ello, habrá de trabajar o estudiar en España y demostrar suficiencia de recursos económicos, entre otros requisitos.
Los familiares que sean dependientes económicamente de ellos también podrán solicitar esta forma de residencia.
Si usted se ve reflejado aquí, no dude en contactar con nosotros; estaremos encantados de poder ayudarle.