Consiste en una prestación mensual para los hogares en riesgo de pobreza que corre a cargo de la Seguridad Social. El IMV cubrirá la diferencia entre los ingresos familiares (incluidos salarios) y el umbral fijado para ese tipo de hogar denominado «renta garantizada». 🏚️ La cuantía de la renta mínima oscila entre los 461 euros para un adulto que viva solo y los 1.015 euros para hogares de cinco miembros.
Para solicitar la renta mínima es necesario ser residente en España, tener entre 23 y 65 años, haber vivido al menos tres años de forma independiente y cotizado un año a la Seguridad Social.
La ayuda va ligada a la búsqueda activa de trabajo.
Se podrá solicitar a partir del próximo lunes 15 de junio. 💶
En cuanto a infracciones, las hay leves, graves y muy graves. Éstas últimas podrían implicar perder seis meses el IMV y si se extingue el derecho devolver seis mensualidades.
Las penalizaciones se extenderán no sólo al beneficiario sino también al «cooperador necesario», en referencia al empresario que ofrece trabajo sin contrato ni cotización a la Seguridad Social.
Con el fin de luchar contra la economía sumergida, el perceptor deberá hacer la declaración de la renta y tener una «tarjeta social digital» en la que se registran todas sus prestaciones.